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La iniciativa busca poner en marcha y acelerar PYMES de manera que las mismas cuenten con un modelo de negocio validado, repetible y escalable, que genere oportunidades de crecimiento y empoderamiento económico de mujeres con actividades productivas.

AED lidera este fondo como parte de sus responsabilidades como agencia acreditada de Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD).

El Fondo Mujeres Empresarias de AED es una iniciativa que busca convocar abiertamente a PYMES lideradas por mujeres para que concursen por fondos no reembolsables cuyo negocio sea de Enfoque Tradicional que otorga hasta ₡6,750,00.00  o con Enfoque Dinámico que otorga hasta ₡9,000,000.00.

¿Qué es Enfoque Dinámico?

Proyectos que cuentan con las siguientes características: (1) el proyecto es de base tecnológica o posee un alto grado de diferenciación de su producto o modelo de negocio en el mercado latinoamericano, (2) tiene potencial de escalabilidad: puede alcanzar fácilmente ventas de hasta 100.000 USD anuales en sus primeros 2 años sin incrementar su estructura de costos, (3) tiene potencial de crecimiento mayor al 30%, (4) posibilidad de internacionalización en corto plazo.
 

          

 

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¿Qué queremos?

  • Brindar Capital Semilla no reembolsable para poner en marcha y acelerar iniciativas empresariales o empresas de manera que las mismas cuenten con un modelo de negocio validado, repetible y escalable. En el marco del presente, las iniciativas empresariales procurarán estar orientadas a generar oportunidades de crecimiento y empoderamiento económico de mujeres con actividades productivas.

Este fondo busca apoyar iniciativas empresariales incipientes.

Se busca que estas iniciativas empresariales cuenten con un bien o servicio, que podría estar sujeto a mejoras; que estas iniciativas empresariales estén generando ventas y/o requieran crecer.

No se espera que la iniciativa empresarial esté operando de manera completamente formal, es decir, que cuente con todos los aspectos como: inscrito en la CCSS, permisos de funcionamiento, registros sanitarios, entre otros, sin embargo, el contar con una sociedad mercantil o cooperativa que les permita en un futuro mediano levantar otras formas de capital se considera una acción afirmativa.

La actividad económica del beneficiario sujeta a ser apoyada deberá ser reciente, no más de 3 años y medio de estar operando.

Este fondo busca apoyar a micro y pequeñas empresas beneficiarias de la Ley 8634, lideradas por mujeres, de diferentes sectores económicos, con emprendimientos tipo tradicionales o con vocación empresarial, dinámicos y sociales y/o de alto valor o startups, que pueda presentar propuestas de proyectos viables, y que se enmarque en el perfil del fondo. Se entenderá que una empresa es liderada por mujeres cuando:

  • Su representante legal es una mujer.
  • Participación accionaria superior al 50% mantenida por una mujer

En caso de que el proyecto tenga un enfoque dinámico, debe contar con las siguientes características:

  • El proyecto es de base tecnológica o posee un alto grado de diferenciación de su producto o modelo de negocio en el mercado latinoamericano.
  • Tiene potencial de escalabilidad: puede alcanzar fácilmente ventas de hasta 100.000 USD anuales en sus primeros 2 años sin incrementar su estructura de costos.
  • Tiene potencial de crecimiento mayor al 30% anual.
  • Posibilidad de internacionalización en corto plazo.
  • Empresas lideradas por mujeres, para lo cual deben ser dueñas, representantes legales o gerentes.
  • Que sean micro y pequeñas empresas de acuerdo con la Ley 8634 www.meic.com
  • Empresas que se encuentren en operación de al menos 3 meses de historial en ventas.
  • Deberá tener una persona jurídica debidamente constituida dentro de las aplicables en el perfil del fondo, la actividad económica a desarrollar deberá ser menor a 3,5 años o 42 meses, desde la fecha de postulación
  • No tener vínculos familiares, afines o consanguíneos hasta tercer grado con las personas miembros de Junta Directiva de AED (ver lista - Click Aquí) o personal de AED (ver lista - Click Aquí)

Cada empresa liderada por mujeres podrá presentar su solicitud por un monto máximo de ¢6.750.000 (seis millones setecientos cincuenta mil colones) como fondos no reembolsables.

En el caso de las empresas con perfil dinámico puede solicitar hasta ¢9.000.000 (nueve millones de colones)

En cualquier caso, la solicitud debe estar respaldad con un Plan de Inversión (ver plantilla propuesta)

IMPORTANTE: La empresaria beneficiaria debe aportar un 10% del monto solicitado como aporte de contrapartida, el cual debe ser depositado en efectivo.

Como parte del 10% de contrapartida se podrá reconocer, como aporte en especie, los gastos realizados en procesos de acompañamiento en el diseño de modelo de negocio e incubación con AED o cualquier otro acompañamiento equivalente, brindado por un tercero en los últimos dos años a la fecha de formalización contractual, siempre que cumpla con los estándares de AED. El monto reconocido será hasta por un máximo de ¢167.500. En cualquier caso, de este monto se reconocerá contra presentación de facturas emitidas, por el ente que brindó el acompañamiento en el plazo definido.

Igualmente, se podrá reconocer, como parte del 10% de aporte de contrapartida en especie, los gastos de constitución de personería jurídica, siempre y cuando no tengan más de 12 meses de haberse ejecutado, previo a la formalización contractual, hasta por un monto máximo de ¢167.500, contra presentación de facturas por los servicios realizados.

Como parte del proceso de perfilamiento de la iniciativa empresarial, la beneficiaria interesada en acceder a los recursos deberá indicar el estado de desarrollo de su idea o iniciativa emprendedora y si cuenta con un prototipo de producto o servicio, el nivel de formalidad de la iniciativa, así como una caracterización del grupo emprendedor, entre otros.

Se permite cualquier gasto o actividad/actividades que contribuyan al crecimiento de un negocio, equipamiento, materiales, insumos, servicios profesionales, servicios de laboratorio, gastos asociados al desarrollo, validación y producción de bienes o servicios, gastos de comercialización, alquiler de equipos y bienes muebles, mercadeo, prospección comercial, entre otros.

Para el caso de proyectos con un enfoque dinámico, se podrá incluir dentro de las inversiones la “Beca de Apoyo Emprendedor”, dicha beca de manutención no podrá superar el 35% del plan de inversión. La misma podrá ser otorgada a un miembro del equipo que desarrolla el emprendimiento, el cual deberá:

  • Dedicar al menos medio tiempo al proyecto de emprendimiento.
  • No deberá tener ningún compromiso laboral superior a medio tiempo.

Cualquier otro plan de inversión que no se encuentre en estas categorías, queda sujeto al criterio técnico del equipo de AED.

  • Pago de deudas: no se permite el uso de los recursos de capital semilla para el pago de créditos tanto en aportes de capital como intereses.
  • Remuneraciones al equipo emprendedor: pagos por salarios y servicios profesionales de los colaboradores y miembros de la junta directiva de la sociedad jurídica.
  • Dividendos: uso de los recursos de capital semilla para la extracción de beneficios.
  • Títulos Valores: Adquisición de acciones, derechos de sociedades, bonos y otros valores.
  • Adquisición de vehículos: adquisición de vehículos.
  • Adquisición de inmuebles: compra de terrenos, edificios u otros bienes inmuebles.
  • Impuestos sobre la renta o contribuciones sociales: pago de obligaciones tributarias sobre el impuesto de renta y contribuciones a la seguridad social adeudadas ante el estado o los órganos competentes.
  • Alquileres de bienes inmuebles: pago de alquiler de locales, oficinas o terrenos o similares.
  • Adquisición de mobiliario y suministro: compra de bienes muebles como mobiliario de oficina, suministros de oficina, suministros de limpieza, y otros propios de la operación mínima para la operación del negocio.
  • Gastos administrativos: erogaciones destinadas al pago de servicios básicos como agua, energía, internet y teléfono, así como los salarios para personal administrativo. Se permite como gasto financiable los servicios mencionados cuando funcionan como insumo directo en el proceso productivo y siempre y cuando sean comprobables de acuerdo con la normativa existente.

La convocatoria estará abierta hasta que agoten los fondos.

PASO 1: LA POSTULACIÓN

Completar el formulario del siguiente link https://es.surveymonkey.com/r/FME-III-2022

 junto con la documentación se que le va a requerir:

  • Cédula de identidad
  • Personería jurídica
  • Composición accionaria reciente (no más de 4 meses de emitida)
  • Inscripción en Hacienda (RUT)
  • Histórico de ventas y gastos de los 12 meses pasados
  • Detalle del Plan de inversión
  • Proyección de ingresos y gastos de los próximos 12 meses
  • Declaración Jurada llena y firmada

Las solicitudes que no estén completas quedan a criterio de la agencia si se solicita rectificar o bien si la empresa debe volver a postular.

PASO 2: EL ANALISIS TÉCNICO

La agencia realizará una valoración técnica de la propuesta, esto implica que puede estar solicitando información adicional o bien aclaraciones sobre la información enviada. La empresaria debe estar atenta a los requerimientos, si no se cuenta con respuesta en un período de dos semanas, la solicitud queda desestimada.

PASO 3: LA ENTREVISTA

La persona asesora asignada le estará contactando para realizar una entrevista que tiene por objetivo establecer el alcance del proyecto, el producto o bien, conocer los antecedentes, validar las proyecciones y cualquier otra información que se requiera para completar el expediente.

A partir del análisis técnico y la entrevista, el Comité Técnico puede rechazar la solicitud por no cumplir en alguna medida con aspectos técnicos requeridos por el Fondo Mujeres Empresarias. En este caso se le estará enviando un correo en donde se le indicará la recomendación para que rectifique el aspecto y si es de interés de la empresa vuelva a postular.

PASO 4: EL COMITÉ DE APROBACIÓN

Una vez que el Comité Técnico valora la propuesta a partir de los aspectos más formales, se estará convocando un Comité de Aprobación constituido por personas externas que cuentan con experiencia en temas empresariales.

La empresa será convocada a presentar su propuesta en un espacio de 7 minutos ante el Comité, y una vez realizada la exposición y evacuadas las consultas, las personas designadas evaluarán la propuesta presentada en función de los criterios de:

  • Experiencia y conocimiento de la empresaria
  • Preparación en aspectos de gestión empresarial, capacitaciones formación técnica o académica.
  • La proyección de ingresos y sus supuestos
  • La posible generación de empleo
  • Coherencia del plan de inversión en el modelo de negocio (es razonable el plan de inversión para mi negocio)
  • Propuesta de valor del modelo de negocio (como me diferencio de la competencial)

Una vez que las micro y pequeñas empresas hayan sido seleccionadas por el Comité de Aprobación, se le hará la comunicación oficial por medio de correo electrónico a las beneficiarias, de que su proyecto podrá recibir fondos de capital semilla del SBD.

PASO 5: LA FORMALIZACIÓN

Para la formalización el equipo técnico deberá validar la documentación y su vigencia, y se deberá cumplir con la siguiente documentación:

  • Firma de Contrato y pagaré
  • Depósito de contrapartida

Comuníquese al correo: mujeresempresarias@aedcr.com